Formulario DGT de transferencia de vehículo: qué es y cómo se completa
Cuando compras o vendes un coche de segunda mano en España, la transferencia de la titularidad no se produce de forma automática. Para que el vehículo quede a nombre del nuevo propietario ante la Dirección General de Tráfico (DGT), hay que presentar la documentación específica que acredita el cambio. El documento central de ese trámite es el contrato de compraventa o, según el caso, el formulario oficial que la propia DGT pone a disposición del ciudadano.
Este artículo se centra en ese formulario: te explica para qué sirve, quién lo firma, cómo rellenar cada apartado sin cometer errores y dónde presentarlo. Si tienes el impreso delante y no sabes por dónde empezar, estás en el lugar correcto.
Qué es este formulario y para qué sirve
La DGT no publica un formulario numerado único y exclusivo para la transferencia de vehículos al estilo de otros trámites administrativos. Lo que sí exige es un contrato de compraventa firmado por ambas partes, que puede ser el modelo oficial disponible en la sede electrónica de la DGT o un documento privado con los datos mínimos requeridos.
En la práctica, el formulario más utilizado es el modelo de contrato de compraventa de vehículo que la propia DGT ofrece de forma gratuita. Este documento acredita el acuerdo entre vendedor y comprador, recoge los datos del vehículo y de ambas partes, y es el soporte sobre el que se tramita el cambio de titularidad en el Registro de Vehículos.
El organismo responsable de todo este trámite es la Dirección General de Tráfico (DGT), dependiente del Ministerio del Interior.
Quién debe presentarlo
Intervienen siempre dos partes:
- El vendedor o transmitente: puede ser un particular o una empresa. Firma el formulario y entrega la documentación del vehículo.
- El comprador o adquirente: es quien presenta el trámite ante la DGT (o ante una gestoría autorizada) y asume la obligación de tramitar el cambio de titularidad.
La ley establece que el comprador tiene 30 días hábiles desde la fecha de la compraventa para solicitar el cambio de titularidad. Pasado ese plazo, pueden aplicarse sanciones. No hay periodicidad recurrente: el formulario se presenta una única vez por cada operación de compraventa.
Cómo se completa, campo por campo
Esta es la sección más importante. A continuación se detallan los apartados principales del formulario de contrato de compraventa de la DGT y qué información va en cada uno.
| Campo / sección | Qué completar |
|---|---|
| Datos del vendedor | Nombre completo o razón social, DNI/NIE/CIF, domicilio completo y teléfono de contacto. Si es empresa, también el representante legal. |
| Datos del comprador | Igual que el vendedor: nombre, DNI/NIE, domicilio y teléfono. El domicilio debe coincidir con el que consta en el DNI o en el padrón municipal. |
| Identificación del vehículo — matrícula | Número de matrícula actual del vehículo tal como figura en el permiso de circulación. |
| Número de bastidor (VIN) | Número de identificación del vehículo de 17 caracteres. Se encuentra en el permiso de circulación y grabado físicamente en el chasis. Debe copiarse sin errores. |
| Marca, modelo y año | Datos tal como aparecen en la ficha técnica o permiso de circulación. |
| Precio de venta | Importe acordado en euros. Es un dato relevante porque sirve de base para calcular el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) que paga el comprador. |
| Fecha de la operación | Día, mes y año en que se formaliza la compraventa. Es el punto de partida del plazo de 30 días hábiles para tramitar el cambio. |
| Declaración de no tener cargos | El vendedor declara que el vehículo está libre de cargas, embargos o reservas de dominio, o bien detalla las que existan. |
| Firmas de ambas partes | El formulario debe estar firmado a mano (o con firma electrónica reconocida si se usa la vía digital) por vendedor y comprador. Sin las dos firmas, el documento no es válido. |
Si el formulario que tenés delante incluye campos adicionales o numeración de casillas diferente, consultá el instructivo oficial disponible en la sede electrónica de la DGT, ya que el modelo puede actualizarse.
Dónde se obtiene y cómo se presenta
Obtención del formulario
El modelo oficial de contrato de compraventa se descarga gratuitamente desde la sede electrónica de la DGT (sede.dgt.gob.es). También lo facilitan muchas gestorías y autoescuelas homologadas. No es obligatorio usar el modelo de la DGT siempre que el documento privado contenga todos los datos exigidos, pero usar el oficial reduce el riesgo de omitir información.
Presentación
- Vía presencial: en cualquier Jefatura Provincial de Tráfico o en una gestoría colaboradora de la DGT. Se presenta junto con el permiso de circulación, la ficha técnica en vigor (ITV), el DNI de comprador y vendedor, y el justificante de pago del ITP.
- Vía electrónica: a través de la sede electrónica de la DGT, con certificado digital, DNIe o Cl@ve. En este caso el vendedor debe firmar electrónicamente o mediante código enviado a su móvil.
Algunas comunidades autónomas tramitan el ITP de forma integrada con el cambio de titularidad; en otras hay que liquidarlo primero en la consejería de hacienda correspondiente antes de acudir a Tráfico.
Plazos y costos
- Plazo para tramitar la transferencia: 30 días hábiles desde la fecha del contrato de compraventa. Superado ese plazo, el comprador puede enfrentarse a una sanción.
- Coste de la transferencia ante la DGT: la tasa varía según el tipo de vehículo y se actualiza anualmente. Para 2026 conviene consultar el importe vigente en la web de la DGT antes de acudir.
- Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP): lo paga el comprador. El porcentaje varía por comunidad autónoma (generalmente entre el 4 % y el 8 % del valor del vehículo). Debe liquidarse antes de completar el trámite en Tráfico.
- Vigencia del contrato: el contrato de compraventa no tiene fecha de caducidad, pero el trámite de cambio de titularidad debe realizarse dentro del plazo mencionado.
Errores comunes al completarlo
- Número de bastidor copiado con errores: una sola letra o número incorrecto invalida el formulario. Verifica siempre carácter a carácter contra el permiso de circulación.
- Firma de una sola parte: el formulario necesita la firma tanto del vendedor como del comprador. Omitir cualquiera de las dos hace que el trámite sea rechazado.
- Fecha de la operación en blanco o incorrecta: sin fecha no puede calcularse el plazo de presentación, y Tráfico devolverá el expediente.
- No liquidar el ITP antes de presentar en Tráfico: el cambio de titularidad no se inscribe hasta que el comprador aporta el justificante de haber pagado o, en su caso, de la exención del impuesto.
Preguntas frecuentes
¿El vendedor tiene alguna obligación de comunicar la venta a la DGT? Sí. El vendedor puede —y es muy recomendable que lo haga— notificar la transmisión a la DGT a través de la sede electrónica. Esto le protege frente a posibles multas de tráfico generadas por el nuevo propietario antes de que se inscriba el cambio.
¿Qué pasa si el vendedor no puede firmar presencialmente? Se puede autorizar a un representante mediante poder notarial. También es posible usar la firma electrónica en la sede de la DGT si ambas partes disponen de los medios de identificación digital adecuados.
¿El precio declarado en el contrato puede ser distinto al real? No es recomendable. La Agencia Tributaria y las comunidades autónomas comprueban el valor declarado con tablas de referencia. Si el precio escriturado es muy inferior al valor de mercado, Hacienda puede liquidar el ITP sobre el valor comprobado y además imponer una sanción.
¿Qué documentos debo llevar el día de la presentación en Tráfico? Contrato de compraventa firmado por ambas partes, permiso de circulación original, ficha técnica con ITV en vigor, DNI del comprador y justificante del pago del ITP. Verifica si tu comunidad autónoma exige documentación adicional.
Resumen y qué hacer ahora
Los campos que más problemas generan son el número de bastidor (cópialo con cuidado) y las firmas de ambas partes (imprescindibles). El primer paso concreto es descargar el modelo oficial desde la sede electrónica de la DGT, rellenarlo, liquidar el ITP en tu comunidad autónoma y presentar el expediente completo antes de que venzan los 30 días hábiles.
Aviso importante: los modelos de formularios oficiales pueden cambiar de versión. Antes de completar cualquier impreso, verifica que estás usando la versión vigente en 2026 consultando directamente la sede electrónica de la Dirección General de Tráfico (DGT).
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